Ordenanzas
ORDENANZAS GENERALES
Naturaleza y vigencia
La denominación de Ordenanzas Generales, con vigencia para todos los municipios de la Provincia o para un grupo de ellos, nacieron en ejercicio de poderes "de facto" de los gobernadores de Provincia, quienes pasaron a ejercer postedades de los consejos deliberantes municipales en virtud de facultades que se autoatribuyeron.
Si las Ordenanzas Generales se dictaron en ejercicio de las facultades de los concejos deliberantes, restablecido el estado de derecho, su derogación o eventualmente su modificación, compete única y exclusivamente a los respectivos departamentos deliberativos de los municipios integrantes de la Provincia.
(conf. Expte.2207-881/87;5063/89, Dictamen de la Asesoría General de Gobierno)
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